El diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo (Morena) presentó una iniciativa con la finalidad de que sea obligación de los patrones otorgar a los trabajadores permisos hasta por tres días laborables con goce de sueldo por causas personales o familiares de fuerza mayor, como fallecimiento de padres, hijos, cónyuge o concubina, o concubinario.
Asimismo, por internamiento en instalación hospitalaria por enfermedad o intervención quirúrgica de padres, hijos, cónyuge o concubina, o concubinario.
La iniciativa, que adiciona la fracción XXIX Ter, al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, señala que la causa de fuerza mayor es una circunstancia imprevisible e inevitable que altera las condiciones de una obligación, lo que implica que aunque sea prevista no se pueden evitar sus efectos y cuando se presenta se encuentra fuera del control de alguna parte.
En su exposición de motivos, destaca que si bien es cierto el concepto “causa de fuerza mayor” es utilizado en la materia civil, también lo es que las relaciones laborales no están exentas de la presencia de causa que fuerza mayor, entendida como aquel hecho que está fuera del control del patrón e impide el adecuado desarrollo del trabajador.
En este sentido, agrega que el derecho a tener un trabajo con condiciones equitativas, satisfactorias y seguras es reconocido y protegido por nuestro ordenamiento jurídico y diversas disposiciones convencionales, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.