El Congreso del Estado de Sinaloa aprobó por unanimidad reformas que sancionan hasta con seis años de prisión a quien provoque, incite y apoye expresiones verbales a denostar la dignidad de las personas basadas o motivadas en odio.
Las reformas de diversas leyes locales establecen que se debe promover y garantizar la capacitación de personal en materia de derechos humanos, igualdad y no discriminación, con el propósito de erradicar los discursos de odio.
En total se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal para el Estado de Sinaloa, Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Estado de Sinaloa, Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa y Ley de Educación para el Estado de Sinaloa.
Con lo anterior en dichos ordenamientos se consagran acciones que permitirán mitigar el discurso de odio, enfocados desde el ámbito de la educación, y que además, generen una consecuencia para aquellos servidores públicos que realicen dichas prácticas discriminatorias.
En el capítulo I referente a la Discriminación, en el Código Penal para el Estado de Sinaloa, el artículo 189 establece que se impondrán de uno a tres años de prisión y multa de cincuenta a doscientos días, a quien por razón de cultura, edad, sexo, género, embarazo, estado civil, raza, idioma, religión, ideología, orientación sexual, identidad de género o expresión de género, color de la piel, nacionalidad, origen, posición social, apariencia física, condición jurídica, trabajo, profesión, posición económica, carácter físico, discapacidad, estado de salud, identidad o filiación política, antecedentes penales o de cualquier otra índole que atente contra la dignidad humana o anule o menoscabe los derechos y libertades de las personas.
Con información de Los Noticieristas.