La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional prohibir de manera absoluta los cigarros electrónicos, llamados popularmente por su práctica como vapeo.
Así lo determinaron los ministros del máximo tribunal quienes señalaron que al prohibir el vapeo se vulnera la libertad de comercio y libre desarrollo de la personalidad.
Es por ello que ahora las empresas podrán promover amparos para comercializar vapeadores o cigarros electrónicos, después de que la SCJN resolviera una contradicción de tesis entre sus dos Salas sobre el artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco.
La agencia gubernamental anunció el 12 de octubre de 2021 que se había dado luz verde a tres productos de la empresa de vapeo Vuse para comercializarlos, junto con un dispositivo en el que se colocan los cartuchos aprobados.
Aunque de alcance limitado, la autorización solo se refiere a los cigarrillos electrónicos con sabor a tabaco y no a la gama más amplia de sabores que los críticos dicen que están dirigidos a consumidores más jóvenes, la medida de la FDA se considera un desarrollo importante para la industria del vapeo.