El Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Sinaloa, con sede en Los Mochis, el mismo que hace unos días le había ordenado a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) llevar a cabo una consulta indígena, ahora le niega el amparo al grupo que se opone a la construcción de la Planta de Fertilizantes y que reclamaba un inminente daño al medio ambiente y a las personas de la zona del Maviri.
El juicio 630/2018 promovido por Santos Guerrero, quien ha declarado abiertamente pertenecer al Movimiento Aquí No, pretendía impedir la construcción de la planta de fertilizantes que se desarrolla en terrenos contiguos a la Terminal de Amacenamiento de PEMEX en Topolobampo.
El juzgador concluyó que los conceptos de violación hechos valer por la parte quejosa son infundados, entre otras cosas, porque el procedimiento seguido por la Dirección General de Riesgo e Impacto Ambiental (DGIRA) de la SEMARNAT fue correcto, respetándose en todo momento la garantía de audiencia y, en ese sentido, al haber sido apegada a derecho la actuación de la autoridad responsable -DGIRA-, se determinó que el permiso ambiental es constitucional y no violenta las garantías individuales del inconforme.
El juez concluye que, contrario a lo reclamado, la Autorización de Impacto Ambiental del proyecto Planta de Fertilizantes está debidamente fundada y motivada, al haber realizado la autoridad ambiental una atinada evaluación de los impactos que pudiera generar el proyecto, por lo que la autoridad judicial reconoce que el proyecto no afecta al medio ambiente, y que los posibles impactos serán revertidos por los programas ambientales y condicionantes con los que la empresa ya cumple.
Con esta resolución, SEMARNAT cuenta ya con todos los elementos para elaborar el dictamen que le ha sido solicitado por el Presidente Andrés Manuel López Obrador, para saber si el proyecto contamina o no, y con ello detonar la Consulta Popular para que, sin imponer nada, el pueblo decida si la planta de fertilizantes se construye o no.